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Preguntas frecuentes sobre derecho inmobiliario en España

Sí. El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es el número de identificación fiscal de los extranjeros en España y es obligatorio para comprar una vivienda, firmar ante notario, pagar impuestos o abrir una cuenta bancaria. Se puede solicitar en persona en España o en el consulado español de su país, y también podemos obtenerlo nosotros en su nombre con un poder notarial, sin que tenga que viajar.

No. Con un poder notarial podemos completar toda la compra en su ausencia: firmar la escritura ante notario, pagar los impuestos de la compra e inscribir la vivienda a su nombre en el Registro de la Propiedad. Muchos de nuestros clientes compran desde Reino Unido, Irlanda, Alemania o Países Bajos sin desplazarse.

La nota simple es el extracto oficial del Registro de la Propiedad que indica quién es el titular real de la vivienda, su descripción exacta y si tiene hipotecas, embargos o limitaciones urbanísticas. Siempre la obtenemos y la revisamos antes de que pague ninguna señal: es el documento más importante para comprobar que la compra es segura.

Como referencia general, conviene reservar entre un 10 y un 14 % adicional sobre el precio: el impuesto de transmisiones patrimoniales o el IVA, la notaría, el Registro de la Propiedad y los honorarios legales. La cifra exacta depende de la comunidad autónoma y de si la vivienda es de segunda mano o de obra nueva. Le damos un desglose por escrito antes de que se comprometa a nada.

Sí. Los propietarios no residentes deben presentar cada año el Modelo 210 y pagar el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aunque no alquilen la vivienda. Si la alquila o la vende, hay obligaciones adicionales, entre ellas la tributación de la ganancia patrimonial. Nos encargamos de las declaraciones para que esté siempre al día.

Un testamento otorgado en su país suele ser válido en España, pero usarlo es lento y caro: hay que traducirlo, legalizarlo e interpretarlo conforme a las normas sucesorias españolas. Un testamento español que abarque solo sus bienes en España hace la herencia mucho más rápida y económica para sus herederos, y le permite elegir la ley de su nacionalidad conforme al Reglamento (UE) 650/2012.

Cuando fallece el titular de una vivienda en España, los herederos deben aceptar la herencia ante notario español y liquidar el Impuesto sobre Sucesiones, por regla general en los seis meses siguientes al fallecimiento. Si los herederos viven fuera, podemos representarles con un poder notarial, de modo que normalmente no necesitan viajar.

Depende de la comunidad autónoma donde esté el inmueble, del valor de la herencia y del parentesco entre el fallecido y el heredero. En la Comunitat Valenciana, donde está Altea, los familiares cercanos disfrutan de reducciones importantes. Calculamos el importe exacto y le asesoramos sobre cómo reducirlo legalmente.

La demolición es poco frecuente y siempre es el último recurso, pero las viviendas construidas sin licencia o en suelo protegido pueden enfrentarse a multas, órdenes de legalización o, en casos extremos, al derribo. Si su vivienda está afectada, analizamos su situación urbanística y, cuando es posible, la regularizamos mediante la declaración de asimilado a fuera de ordenación (AFO) o el procedimiento que corresponda.

Trabajamos en español y en inglés, y la primera consulta es gratuita. Puede llamarnos al (+34) 966 880 012, escribirnos a info@altealex.com o enviarnos un mensaje desde esta web, y uno de nuestros abogados se pondrá en contacto con usted.

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